CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República Dominicana en su artículo 8 establece que la funcíon esecial del Estado es la protección efectiva de los derechos de las personas, el respeto de la igualdad y obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.

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