CONSIDERANDO PRIMERO: Que de conformidad con la ley núm. 41-08 de Función Pública, el Ministerio de Administración Pública (MAP) es el órgano rector de los sistemas de gestión de los recursos humanos al servicio de la Administración del Estado, como tal le corresponde propiciar y garantizar el mas alto nivel de efectividad, calidad y eficiencia de la Función Pública.